ACCIÓN DE GRUPO “RELLENO SANITARIO DOÑA JUANA”
La Defensoría del Pueblo – Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, informa a la opinión pública que:
- A partir del 26 de octubre de 2015, se iniciaron los pagos de las indemnizaciones individuales a las 1.472 personas que demandaron y fueron reconocidas como beneficiarias en la sentencia de 1° de noviembre de 2012, ejecutoriada el 18 de diciembre de 2014, proferida por la Sección Tercera del Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y que han presentado los documentos necesarios para hacer efectivo el pago.
- Que en el trámite de pago se han presentado inconvenientes para hacer las consignaciones en las cuentas bancarias aportadas por los beneficiarios, tales como:
- Cuentas bancarias inactivas o inválidas.
- Beneficiarios que autorizaron a la Defensoría del Pueblo, para que se consigne el monto de la indemnización en la cuenta bancaria de un tercero, se deben someter al nuevo procedimiento para hacer efectivo el pago a través de endoso el cual está en trámite ante el banco y el Ministerio de Hacienda.
Listado de personas reconocidas en la sentencia |
Las personas que no han presentado los documentos para el pago de la indemnización y se encuentran relacionados en la lista de beneficiarios reconocidos por el Consejo de Estado deben presentar ante la Defensoría del Pueblo los siguientes documentos:
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Certificación de cuenta bancaria del beneficiario
- Formulario SIIF II Nación diligenciado
Esto con el fin de continuar con el pago de las 1.472 personas reconocidas en la sentencia como beneficiarias.